PRAE

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lunes, 21 de septiembre de 2015

LOS PRAE



¿QUE ES EL PRAE?

Es el proyecto que incorpora la problemática ambiental local al quehacer de las instituciones educativas, teniendo en cuenta su dinámica natural y socio-cultural de contexto. Dicha incorporación tiene el carácter transversal e interdisciplinario propio de las necesidades de la comprensión de la visión sistémica del ambiente y de la formación integral requerida para la comprensión y la participación en la transformación de realidades ambientales locales, regionales y/o nacionales. Lo anterior implica generar espacios comunes de reflexión, no sólo al interior de las instituciones educativas sino también en el trabajo concertado con las demás instituciones y organizaciones con las cuales se asocian, para contribuir en el análisis de la problemática, la implementación de estrategias de intervención y en general en la proyección de propuestas de solución a las problemáticas ambientales concretas.

http://praechuniza.jimdo.com/quienes-somos/que-es-prae/




MARCO LEGAL
DECRETO NUMERO 1743 DE 1994
Por el cual se instituye el Proyecto de Educación Ambiental para todos los niveles de educación formal, se fijan criterios para la promoción de la educación ambiental no formal e informal y se establecen los mecanismos de coordinación entre el Ministerio de Educación Nacional y el Ministerio del Medio Ambiente.
LEY 99 DE 1993
Que la Ley 99 de 1993 entrega una función conjunta a los Ministerios del Medio Ambiente y de Educación Nacional, en lo relativo al desarrollo y ejecución de planes, programas y proyectos de educación ambiental que hacen parte del servicio público Educativo.
LEY 115 DE 1994
Que el artículo 5º de la Ley 115 de 1994, consagra como uno de los fines de la educación, la adquisición de una conciencia para la conservación, protección y mejoramiento del medio ambiente, de la calidad de vida, del uso racional de los recursos naturales, de la prevención de desastres, dentro de una cultura ecológica y del riesgo y la defensa del patrimonio cultural de la Nación, y Que de acuerdo con lo dispuesto en la misma Ley 115 de 1994, la estructura del servicio público educativo está organizada para formar al educando en la protección, preservación y aprovechamiento de los recursos naturales y el mejoramiento de las condiciones humanas y del ambiente.

www.epacartagena.gov.co/.../construccionyformulaciondeunprae.pdf


        Recomendaciones Para La Implementación del PRAE
     Antes de iniciar el proceso de formulación del Proyecto Ambiental Escolar - PRAE, los integrantes del grupo responsable dentro de la institución educativa, deberán tener en cuenta los criterios fundamentales para su construcción. 
     1. REGIONALIZACIÓN Los PRAE deben partir de un diagnóstico de la problemática ambiental regional, que permite priorizar los problemas para seleccionar en el trabajo, preferiblemente aquellos que afectan a la escuela y a la comunidad en la cual se desenvuelve (sin perder de vista los referentes nacionales y universales), buscando que los conocimientos de la escuela se hagan significativos en la cotidianidad de los alumnos y generando una formación en actitudes y valores.
       2. CONCERTACIÓN Hace referencia a una forma de relación en la que intervienen diferentes grupos, asociaciones e individuos para el logro de metas comunes. Dicha concertación puede ser interinstitucional o intraescolar, debe llevar a la conformación de equipos de trabajo locales y regionales que diseñen, ejecuten y evalúen los proyectos y que garanticen los recursos humanos y financieros necesarios para su buen funcionamiento. Esos equipos deben encargarse de dinamizar los procesos y de vincularlos efectivamente a la comunidad. 
        3. PARTICIPACIÓN Está ligada a los procesos de apropiación de la realidad por parte no sólo de los individuos sino de los colectivos. Es una construcción que parte de la comprensión de los diversos fenómenos con los cuales entra en contacto cotidianamente un individuo. Tiene que ver tanto con la ejecución, como con el diseño y evaluación, ya que esto garantiza un compromiso real de quienes están involucrados en ellos. 
     4. INTERCULTURALIDAD El respeto por la diversidad cultural, es decir, lo autóctono, lo propio de cada uno de los grupos culturales que se desarrollan en las regiones, debe ser una constante en los PRAE. Ello garantiza un verdadero reconocimiento de la diversidad cultural y permite identificar los aportes que desde propias cosmovisiones y desarrollos, puedan posibilitar unas dinámicas regionales acordes con las necesidades particulares y con referentes nacionales y universales como horizontes en la construcción de la identidad. 
       AUTOGESTIÓN Significa compartir responsabilidades, reconociendo los límites y alcances de cada uno de los que participan en el proceso. Esto presupone un cierto nivel autonomía en la toma de decisiones y en la realización de acciones que fortalezcan el proyecto. 
      5. AUTOSOSTENIBILIDAD Se refiere a la capacidad de un proyecto de generar estrategias que al ser aplicadas garanticen que el proceso por sí mismo se mantenga y evolucione en el tiempo
      6. TRANSVERSALIDAD Se requiere involucrar experiencias pedagógicas desde la experiencia a través de los niveles educativos involucrando de manera coordinada los conocimientos brindados por las diferentes áreas del conocimiento Reconocer el PRAE como un proyecto de investigación, es fortalecer en la escuela la oportunidad de construir conocimiento, es decir, de potenciar la capacidad de las comunidades en la sistematización del saber que circula en la Institución Educativa, estableciendo un diálogo con otras comunidades que permiten la solución de problemáticas contextuales para este caso de orden ambiental. La investigación permite comprender que el PRAE es un proceso y como tal recorre diversas fases en su desarrollo, aspecto que permite reconocer su continuidad en los colegios y su constante retroalimentación.

http://corpochivor.gov.co/sites/default/files/attach/prae_2013.pdf

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