¿QUE ES EL PRAE?
Es el proyecto que incorpora la problemática ambiental local al quehacer de las instituciones educativas, teniendo en cuenta su dinámica natural y socio-cultural de contexto. Dicha incorporación tiene el carácter transversal e interdisciplinario propio de las necesidades de la comprensión de la visión sistémica del ambiente y de la formación integral requerida para la comprensión y la participación en la transformación de realidades ambientales locales, regionales y/o nacionales. Lo anterior implica generar espacios comunes de reflexión, no sólo al interior de las instituciones educativas sino también en el trabajo concertado con las demás instituciones y organizaciones con las cuales se asocian, para contribuir en el análisis de la problemática, la implementación de estrategias de intervención y en general en la proyección de propuestas de solución a las problemáticas ambientales concretas.
http://praechuniza.jimdo.com/quienes-somos/que-es-prae/
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MARCO
LEGAL
•DECRETO NUMERO 1743 DE 1994
Por
el cual se instituye el Proyecto de Educación Ambiental para todos los niveles
de educación formal, se fijan criterios para la promoción de la educación
ambiental no formal e informal y se establecen los mecanismos de coordinación
entre el Ministerio de Educación Nacional y el Ministerio del Medio Ambiente.
•LEY 99 DE 1993
Que
la Ley 99 de 1993 entrega una función conjunta a los Ministerios del Medio
Ambiente y de Educación Nacional, en lo relativo al desarrollo y ejecución de
planes, programas y proyectos de educación ambiental que hacen parte del
servicio público Educativo.
••LEY 115 DE 1994
•
Que
el artículo 5º de la Ley 115 de 1994, consagra como uno de los fines de la
educación, la adquisición de una conciencia para la conservación, protección y
mejoramiento del medio ambiente, de la calidad de vida, del uso racional de los
recursos naturales, de la prevención de desastres, dentro de una cultura
ecológica y del riesgo y la defensa del patrimonio cultural de la Nación, y Que
de acuerdo con lo dispuesto en la misma Ley 115 de 1994, la estructura del
servicio público educativo está organizada para formar al educando en la
protección, preservación y aprovechamiento de los recursos naturales y el
mejoramiento de las condiciones humanas y del ambiente.
www.epacartagena.gov.co/.../construccionyformulaciondeunprae.pdf

Recomendaciones Para La Implementación del PRAE
Antes de iniciar el proceso de formulación del Proyecto Ambiental Escolar - PRAE, los
integrantes del grupo responsable dentro de la institución educativa, deberán tener en
cuenta los criterios fundamentales para su construcción.
1. REGIONALIZACIÓN
Los PRAE deben partir de un diagnóstico de la problemática ambiental regional, que
permite priorizar los problemas para seleccionar en el trabajo, preferiblemente aquellos
que afectan a la escuela y a la comunidad en la cual se desenvuelve (sin perder de vista
los referentes nacionales y universales), buscando que los conocimientos de la escuela se
hagan significativos en la cotidianidad de los alumnos y generando una formación en
actitudes y valores.
2. CONCERTACIÓN
Hace referencia a una forma de relación en la que intervienen diferentes grupos,
asociaciones e individuos para el logro de metas comunes. Dicha concertación puede ser
interinstitucional o intraescolar, debe llevar a la conformación de equipos de trabajo
locales y regionales que diseñen, ejecuten y evalúen los proyectos y que garanticen los
recursos humanos y financieros necesarios para su buen funcionamiento. Esos equipos
deben encargarse de dinamizar los procesos y de vincularlos efectivamente a la
comunidad.
3. PARTICIPACIÓN
Está ligada a los procesos de apropiación de la realidad por parte no sólo de los
individuos sino de los colectivos. Es una construcción que parte de la comprensión de los
diversos fenómenos con los cuales entra en contacto cotidianamente un individuo. Tiene
que ver tanto con la ejecución, como con el diseño y evaluación, ya que esto garantiza un
compromiso real de quienes están involucrados en ellos.
4. INTERCULTURALIDAD
El respeto por la diversidad cultural, es decir, lo autóctono, lo propio de cada uno de los
grupos culturales que se desarrollan en las regiones, debe ser una constante en los
PRAE. Ello garantiza un verdadero reconocimiento de la diversidad cultural y permite
identificar los aportes que desde propias cosmovisiones y desarrollos, puedan posibilitar
unas dinámicas regionales acordes con las necesidades particulares y con referentes
nacionales y universales como horizontes en la construcción de la identidad.
AUTOGESTIÓN
Significa compartir responsabilidades, reconociendo los límites y alcances de cada uno de
los que participan en el proceso. Esto presupone un cierto nivel autonomía en la toma de
decisiones y en la realización de acciones que fortalezcan el proyecto.
5. AUTOSOSTENIBILIDAD
Se refiere a la capacidad de un proyecto de generar estrategias que al ser aplicadas
garanticen que el proceso por sí mismo se mantenga y evolucione en el tiempo
6. TRANSVERSALIDAD
Se requiere involucrar experiencias pedagógicas desde la experiencia a través de los
niveles educativos involucrando de manera coordinada los conocimientos brindados por
las diferentes áreas del conocimiento
Reconocer el PRAE como un proyecto de investigación, es fortalecer en la escuela la
oportunidad de construir conocimiento, es decir, de potenciar la capacidad de las
comunidades en la sistematización del saber que circula en la Institución Educativa,
estableciendo un diálogo con otras comunidades que permiten la solución de
problemáticas contextuales para este caso de orden ambiental. La investigación permite
comprender que el PRAE es un proceso y como tal recorre diversas fases en su
desarrollo, aspecto que permite reconocer su continuidad en los colegios y su constante
retroalimentación.
http://corpochivor.gov.co/sites/default/files/attach/prae_2013.pdf
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